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La definición más tradicional, didáctica y breve, es que la oración es el «conjunto de palabras que expresa un juicio con sentido y autonomía sintáctica».[cita requerida] Su fin es destacar el hecho de que la oración, práctica- o pragmáticamente, es el fragmento más pequeño del discurso que comunica una idea completa y posee autonomía e independencia (es decir, podría sacarse del contexto y seguir comunicando).
Una definición más exacta es la de que se trata del constituyente sintáctico independiente más pequeño capaz de informar o expresar por medio de un idioma la realización de un enunciado, esto es, revelar con palabras el contenido de una proposición lógica, un mandato, una petición, una pregunta o acto ilocutivo o de habla que incluya algún tipo de predicado o desarrollo sintáctico estructurado de sentido completo, como por ejemplo en Ese profesor ha enseñado bien la gramática a sus alumnos.
La oración se efectúa en un contexto y situación determinados y, con frecuencia, con el apoyo de otros códigos de signos no lingüísticos concurrentes, como los gestos.
Según la fonología, las oraciones están delimitadas prosódicamente por pausas y una entonación determinada. La pausa inicial suele señalarse en la escritura con una mayúscula y, la final, con un punto o, más raramente, con coma o punto y coma.
Se diferencia de las frases en su completitud descriptiva y en que poseen estructura compleja o analítica, ya que expresiones como ¡alto!, buenos días, sí, no y las llamadas proformas poseen un sentido completo, pero no pueden denominarse oraciones a causa de su estructura simplificada o sintética o de su carácter sustitutorio.
Por otra parte, se usan a veces también los términos cláusula, suboración, proposición (no en sentido lógico, sino gramatical) o nexus para designar un constituyente sintáctico semejante a la oración en su estructura, pero dependiente sintácticamente (las más de las veces a través de un nexo) de otra unidad oracional mayor en que se inserta o con la que se une o ayunta, respecto a la cual carece también de independencia semántica y fonológica, como en “Ella me dijo que ese profesor había enseñado bien la gramática a sus alumnos”, donde el nexo “que” une y subordina a la cláusula posterior (... ese profesor [...] alumnos) la anterior (“Ella me dijo...”) formando una unidad superior compuesta de ambas cláusulas (o proposiciones, suboraciones, nexus) denominada por esto oración compuesta. Esta falta de autonomía es la principal diferencia de la cláusula, suboración, proposición o nexus respecto de la oración, que es una unidad completa e independiente, ya que la cláusula necesita o reclama relacionarse con otras cláusulas dentro de la oración compuesta y principal.
Debe tenerse en cuenta que, técnicamente, términos como enunciado, proposición y oración no son completamente sinónimos, ya que el primero se refiere más a aspectos pragmáticos, el segundo más a lógicos y semánticos y solo el último a puramente gramaticales.